Derecho a la verdad: el Registro Civil del Chaco rectificó el certificado de defunción de Pablo Martinelli como víctima de un crimen de lesa humanidad

El fallo que ordenó la rectificación documental fue dictado el 22 de marzo pasado. Allí se acreditó que el militante y estudiante de entonces 22 años fue asesinado a manos de fuerzas conjuntas del Ejército y la Policía del Chaco, y que el hecho había sido encubierto como un “accidente”.

Argentina04 de julio de 2023Sures NoticiasSures Noticias
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El acta de defunción de Pablo Martinelli, rectificada a partir de la sentencia judicial

En línea con la sentencia reparatoria dictada por la titular del Juzgado Federal N°1 de Resistencia, Zunilda Niremperger, el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la provincia del Chaco rectificó el certificado de defunción de Pablo Martinelli -estudiante de veterinaria y militante de la agrupación Montoneros- y consignó que su muerte fue a consecuencia de un homicidio por disparos de arma de fuego, calificado "como crimen de lesa humanidad". De esta forma, el nuevo asiento modificó que el deceso había ocurrido en el marco de un accidente.

La Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia, integrada por el fiscal general Carlos Amad, el fiscal federal Patricio Sabadini y los fiscales ad hoc Diego Vigay y Horacio Rodríguez, señaló que la orden de reinscribir la partida de defunción con las correcciones pertinentes persigue el objetivo de recomponer el daño causado en base al derecho a la verdad que les asiste a los familiares.

A través de la sentencia dictada el pasado 22 de marzo, y que la jueza le leyó oportunamente a los familiares de Martinelli, se determinó que el hecho que tuvo como víctima al joven de entonces 22 años ocurrió el 7 de noviembre de 1976 a las 12.00, en la calle Santiago del Estero, entre Cangallo y Echeverría, de la capital provincial. En esa oportunidad, Martinelli fue emboscado por personal policial e integrantes del Ejército en un operativo orquestado para secuestrarlo, dado que había sido citado al lugar por otra víctima que estaba secuestrada por las fuerzas represivas. De acuerdo con lo acreditado en la investigación, Martinelli advirtió el engaño e intentó escapar, y fue perseguido por algo más de dos cuadras por personal policial, que lo asesinó con al menos dos disparos, uno de ellos en el cráneo.

En el fallo quedó dilucidado que, para encubrir el hecho, el agente policial Fermín Montiel y el médico Héctor Grillo certificaron que Martinelli había muerto como consecuencia de un “accidente”, y que, a su vez, funcionarios policiales y médicos condicionaron a sus familiares a aceptar que se consigne esa circunstancia en la documentación a cambio de la entrega del cuerpo.

Juicio por la verdad

El proceso que culminó con la sentencia declarativa de verdad se originó a partir de una investigación iniciada por el Ministerio Público Fiscal en 2012, que luego de reunir diferentes elementos probatorios -testimonios de vecinos y familiares, documentación, entre otros- presentó requerimiento formal de instrucción dirigido contra Grillo y Montiel por la presunta comisión de los delitos de homicidio calificado por el número de partícipes, encubrimiento por infracción de deber de denunciar delitos y falsedad ideológica de instrumento público, que tuvieron como víctima a Martinelli.

Sin embargo, luego de realizadas las diligencias solicitadas por el MPF en los respectivos requerimientos de instrucción, se corroboró el deceso de los imputados. Grillo falleció el 30 de diciembre del 2013 y Montiel murió el 30 de diciembre del 2021.

Ante la imposibilidad de avanzar con el proceso penal, la familia y la fiscalía requirieron al juzgado el dictado de un pronunciamiento judicial expreso respecto de la reconstrucción de la verdad de los hechos en perjuicio de Martinelli, que se funda en el derecho a la verdad que asiste a la víctima y a sus familiares, como medida de reparación y para proveer a la memoria colectiva sobre lo acontecido.
 

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