Juez avaló el proyecto de Aporte Solidario y destacó políticas realizadas con lo recaudado

El juez en lo Contencioso Administrativo Walter Lara Correa rechazó hoy los pedidos de inconstitucionalidad de la ley que estableció el Aporte Solidario y Extraordinario de las Grandes Fortunas, al considerar que la iniciativa aprobada por el Congreso nacional en el marco de la pandemia de coronavirus "persigue la satisfacción de derechos por conducto del financiamiento de programas económicos redistributivos específicos".
Argentina15 de julio de 2022Sures NoticiasSures Noticias
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"Declarar improcedente la acción declarativa de certeza impetrada respecto al pronunciamiento acerca de la naturaleza jurídica del 'Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia'. Rechazar la acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Estado nacional", dice el fallo del magistrado conocido hoy y al que tuvo acceso Télam.

El proyecto de Aporte Solidario y Extraordinario -impulsado por el Frente de Todos, por medio de los diputados nacionales Máximo Kirchner y Carlos Heller- buscaba recaudar alrededor de 300 mil millones de pesos para volcar a planes productivos y sanitarios.

La iniciativa establece el cobro del 2 por ciento a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgación de la ley más de 200 millones de pesos.

Según la AFIP, la medida alcanzaría a menos de 10 mil personas, es decir 0,8 por ciento del total de los contribuyentes que presentaron declaración jurada de bienes personales.

La recaudación se destinará a comprar equipamiento de salud para atender la pandemia, apoyar a las PyMEs con subsidios y créditos, urbanizar los barrios populares con obras que empleen a las/os vecinas/os de cada barrio, hacer obras y equipar a YPF para producir y envasar gas natural y financiar un relanzamiento del plan Progresar para que las/os jóvenes puedan seguir estudiando.

En el fallo conocido hoy, y al rechazar una acción de amparo de un contribuyente que se negaba a pagar el aporte solidario establecido en la Ley 27605, el magistrado señaló que la medida permitió "la adquisición de vacunas contra la enfermedad, compra de equipamiento médico, manutención del empleo, fomentar la educación, el servicio público y el apoyo a los grupos vulnerables, fines que tienen para todos los ciudadanos, más aún en esta crisis, un interés extraordinario".

En una resolución de 64 hojas, Lara Correa resaltó el criterio social del aporte al manifestar que "también resultan beneficiarios con mayor o menor intensidad de los beneficios del aporte solidario realizado por ellos mismos contra la pandemia, ya que de las medidas implementadas se beneficia a la comunidad toda".

Sobre los rechazos, críticas o impugnaciones al aporte solidario, el fallo resalta que "no resulta descalificable desde el punto de vista" porque "no está probado que se haya desnaturalizado el derecho a la propiedad, toda vez que se respetan los estándares constitucionales y convencionales".

Además, destacó que la ley fue sancionada por el Parlamento: "Se considera que el Congreso nacional mediante la instrumentación, obtiene ingresos y realiza erogaciones para financiar políticas públicas estipuladas a efectos de garantizar los derechos fundamentales constitucionalmente establecidos y, de cumplimiento obligatorio en sede convencional".

"En lo relativo con la situación de emergencia cuadra añadir que denota un estado de necesidad generalizado, cuya existencia y gravedad corresponde apreciar al legislador sin que los órganos judiciales puedan revisar su decisión", agregó el juez.

En relación al contexto internacional por la pandemia de coronavirus, el fallo hace referencia a lo indicado por la Comisión Económica para América Latina que sostuvo que la crisis sanitaria "repercutió en todos los indicadores socioeconómicos mundiales".

En este sentido y sobre la pertinencia de los legisladores a la hora de impulsar este proyecto de ley, el fallo consideró que primó "la satisfacción de un interés colectivo".

Tras su aprobación en Diputados, el proyecto fue convertido en ley por el Senado el 4 de diciembre de 2020 por 42 votos a favor y 26 en contra, correspondientes a los legisladores de Juntos por el Cambio y sus adherentes.

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