
El Ministerio de Trabajo establece requisitos del Repro para los salarios de junio
Sures Noticias
Lo hizo a través de la resolución 791/2022 publicada en el Boletín Oficial, que adopta recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro en su acta número 2.
En cuanto a los criterios de preselección, el Comité estableció que se tomará la facturación registrada en octubre de 2019 y junio de este año, y la diferencia debe dar como mínimo una caída de 30% en términos reales.
Por otra parte, el Comité destacó que “el escenario económico y laboral de recuperación del nivel de actividad y de empleo registrado privado se mantiene sin cambios fundamentales desde hace varios meses”.
Así, la variación de la facturación del IVA compras deberá ser menor a 30% en términos reales; la del cociente entre el costo laboral y la facturación superior a 0%, igual que la del consumo de energía eléctrica y gasífera.
Por su parte, el endeudamiento tendrá que ser mayor al 0,6 y la liquidez corriente menor al 2,5; y en ambos casos la información suministrada por los sujetos empleadores deberá corresponder al último día de junio.
En tanto, la variación porcentual de las importaciones tendrá que ser menor o igual a una caída del 20% para los sujetos empleadores con una dotación de menos de 800 trabajadores, y menor o igual a una pérdida del 30% para una dotación superior.
El Gobierno dispuso en abril último la finalización de los programas de Recuperación Productiva Repro y Repro II, y en su reemplazo estableció el Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo, por el que se asigna a las empresas adheridas un monto no superior a la mitad del Salario Mínimo Vital y Móvil por cada empleado.


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