
Desregulan precios de las tarifas de celulares, internet y el cable. Para el gobierno no son servicios públicos esenciales
Sures Noticias
El Gobierno ha derogado una normativa de la administración previa que regulaba los precios de las tarifas de internet, telefonía móvil y televisión por cable, permitiendo ahora que las empresas establezcan sus tarifas libremente. Esta medida fue establecida mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial.
El DNU 690/20 derogado regulaba precios de servicios de telecomunicaciones y TIC y que, en los hechos, estaba suspendido judicialmente.
“Resulta de suma urgencia liberar el mercado y obtener el libre desarrollo de tales servicios”, sostiene la norma. Ahora se espera la decisión de los prestadores para saber qué aumentos aplicarán en adelante.
"Los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”, informa el decreto 302/2024.
Esa sección continuará en vigor de acuerdo con la normativa existente hasta el momento, pero se ha suprimido un segundo párrafo que establecía que "las tarifas de los servicios públicos esenciales y estratégicos de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia, las correspondientes al Servicio Universal y las que la Autoridad de Aplicación determine por motivos de interés público, podrán ser reguladas por esta última". La Autoridad de Aplicación, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), ya no tendrá la capacidad de intervenir en los precios.
Se derogó también el artículo 15 de la ley, que reconocía "el carácter de servicio público esencial y estratégico de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), en competencia para el uso y acceso a las redes de telecomunicaciones, tanto para los licenciatarios como entre ellos". Se especifica que "El Servicio Básico Telefónico conserva su condición de servicio público".
Martin Becerra en una nota de opinión públicada en DiarioAR señala "Un DNU mata a otro DNU. El DNU 690/20 estaba inerte, pero con el DNU 302/24, Milei no sólo remató el decreto de su antecesor, sino que aprovechó para cambiar la Ley 27.078 “Argentina Digital” sancionada por el Congreso en 2014. Así, elimina toda potestad de la autoridad de aplicación, el ENaCom, para intervenir en las tarifas de proveedores mayoristas de servicios de comunicaciones “por razones de interés público”, como ordenaba la ley".
Y agrega: Los voceros de los principales operadores celebraron la decisión de Milei. Pero el “lastre” del DNU 690/20 contra el que batallaron intensamente era también, a pesar de su falta de aplicación, un pretexto para el estado precario de muchos servicios, la falta de cobertura territorial de redes fijas y móviles y la escasez de competencia. Los tiempos venideros despejarán algunas incógnitas estructurales sobre un sector que, aunque no sea ya reconocido normativamente como “esencial”, condiciona la vida de los 46 millones de habitantes.
Diego Vesciunas y Pablo Hernández en una nota publicasa en Letra P destacan: Desde que asumió Javier Milei, el rubro comunicación siguió con fuertes aumentos en línea con el proceso inflacionario arrastrado por el país que el presidente libertario profundizó. En ese primer mes de mandato (diciembre de 2023), con un IPC anual del 255%, el rubro comunicación se ubicó en el 15,6%. En enero de 2024 trepó al 25,1, ubicado en el tercer lugar de un IPC que fue del 20,6%. Y en febrero de 2024 volvió a ubicarse en el primer lugar de los aumentos con 24,7%, duplicando el IPC que fue de 13,2%. Estos datos demuestran que el rubro ya venía con una inercia de aumentos que el nuevo contexto normativo solo tenderá a expandir.


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