Confirman penas a 19 represores por delitos de lesa humanidad

El máximo tribunal penal del país, integrado por los jueces Alejandro W. Slokar, Angela Ledesma y Guillermo Yacobucci, confirmó la decisión de primera instancia, de la Justicia Federal de Bahía Blanca en la cual resultaron condenados integrantes del V Cuerpo del Ejército, autoridades policiales y del Servicio Penitenciario Bonaerense
Argentina21 de marzo de 2024Sures NoticiasSures Noticias
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Foto Press

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas impuestas a diecinueve represores por crímenes cometidos en perjuicio de 105 víctimas, y ordenó al Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca el resguardo de las pruebas y los testimonios para su acceso, reutilización y difusión.

Así, el máximo tribunal penal del país, integrado por los jueces Alejandro W. Slokar, Angela Ledesma y Guillermo Yacobucci, confirmó la decisión de primera instancia, en la cual resultaron condenados varios integrantes del V Cuerpo del Ejército, autoridades policiales y del Servicio Penitenciario Bonaerense, según indicaron a Somos Télam fuentes judiciales.

Entre las víctimas de los delitos juzgados se incluye un grupo de menores de edad, alumnos de la Escuela Normal de Enseñanza Técnica N°1 de de Bahía Blanca, que además de haber sido alojados en el centro clandestino de detención “La Escuelita”, fueron torturados sistemáticamente, sometidos a simulacros de fusilamiento y liberación, y luego alojados en el Batallón de Comunicaciones 181.
El fallo da cuenta de la metodología represiva aplicada en los centros clandestinos de detención conocidos como “La Escuelita”, el Batallón de Comunicaciones 181, Unidad Penitenciaria N° 4, Delegación de Viedma de la Policía Federal, Unidad Penitenciaria N° 9 y “La Escuelita” de Neuquén.

La sentencia confirma la calificación de genocidio al remarcar que  “no cabe duda alguna a partir de un estricto entendimiento de la normativa y jurisprudencia nacional e internacional actualizada sobre la materia, que los hechos en juzgamiento deben ser calificados legalmente como constitutivos” de este tipo de delitos.

A la hora de analizar las penas a prisión perpetua impuestas, el tribunal sostuvo que debía ponderarse “la extensión del daño causado tanto a las víctimas y sus familiares -producto de la violencia ejercida y la incertidumbre y temor por el destino de sus seres queridos-, como así también ‘hacia toda la comunidad’, con efectos que se extienden hasta la actualidad”.

De esta forma se confirmaron las condenas para Osvaldo Lucio Sierra (prisión perpetua), Guillermo Julio González Chipont (prisión perpetua), Jorge Horacio Granada (prisión perpetua),  Norberto Eduardo Condal  (prisión perpetua),  Carlos Alberto Taffarel (prisión perpetua), Víctor Raúl Aguirre (prisión perpetua), Enrique José Del Pino (prisión perpetua),  Jorge Horacio Rojas (nueve años de prisión),  Miguel Ángel Nilos (nueve años de prisión),  Miguel Ángel Chiesa (nueve años de prisión), Carlos Alberto Ferreyra (prisión perpetua),  Alejandro Lawless (prisión perpetua), Raúl Artemio Domínguez (prisión perpetua),  Andrés Desiderio González (prisión perpetua),  José María Martínez (prisión perpetua),  Héctor Luis Selaya (seis años de prisión),  Osvaldo Vicente Floridia (diez años de prisión),  Oscar Lorenzo Reinhold (catorce años de prisión), Antonio Alberto Camarelli (tres años de prisión).

Por mayoría, con la disidencia del juez Slokar, se rechazaron los planteos de la Fiscalía que pedían la anulación de las absoluciones parciales de Sierra, Páez, Ferreyra, Lawless, Selaya, Reinhold y Camarelli por algunos de los hechos, como así también la de Alberto Magno Nieva.

Los hechos
Los hechos aquí juzgados fueron cometidos en la Zona de Defensa Cinco a cargo del Quinto Cuerpo de Ejército, divididas entre las Subzonas 51 (Bahía Blanca) y 52 (Neuquén), tanto por oficiales y suboficiales del Ejército Argentino, Policía Federal, Servicio Penitenciario Bonaerense como de la Policía de la Provincia de Río Negro.  

Entre las numerosas víctimas que pasaron por los centros de detención, se encontraba un grupo de niños menores de edad alumnos de la Escuela Normal de Enseñanza Técnica N. 1 de la ciudad de Bahía Blanca, quienes además de haber sido alojados en el centro clandestino de detención “La Escuelita”, fueron torturados sistemáticamente, sometidos a simulacros de fusilamiento y liberación y luego alojados en el Batallón de Comunicaciones 181.

El fallo da cuenta de la metodología represiva aplicada en los centros clandestinos de detención conocidos como “La Escuelita”, el Batallón de Comunicaciones 181, Unidad Penitenciaria N° 4, Delegación de Viedma de la Policía Federal, Unidad Penitenciaria N° 9 y “La Escuelita” de Neuquén
Por otro lado, una de las víctimas, Pablo Bohoslavsky, quien al momento era profesor universitario de matemática y militante del peronismo de base, fue torturado y alojado aquel centro clandestino “La Escuelita”, y posteriormente fue sometido a un Consejo de Guerra. Durante las repetidas sesiones de tortura, fue interrogado por los contenidos que enseñaba en la facultad, como por ejemplo “la teoría de los conjuntos”.

Entre otros damnificados, se encuentran Graciela Alicia Romero, quien se encontraba embarazada y dio a luz en cautiverio y su pareja, Raúl Metz, quienes fueron secuestrados de su domicilio en la ciudad de Cutral Co en diciembre del año 1976. Ambos eran padres de una niña de un año de edad quien fue dejada sola en el domicilio.

 Juez Dr. Guillermo Yacobucci -Miembro del tribunal que confirmó la condena. Foto X@AustralDerecho
Entre los testimonios que dieron cuenta del cautiverio de estas víctimas, Alicia Mabel Partnoy había relatado durante el debate que Graciela Romero recordó: “estaba embarazada y en el tiempo que estoy en la misma habitación con ella me dice su nombre, me dice que fue detenida en Cutral-Có, que fue torturada en su viaje en un auto, que la torturaban en el auto con picana eléctrica […] El día 16 de abril a la noche, 16, 17, yo pienso que es el día 17 a la madrugada Graciela da a luz un varón. Y unos días después, […] la entran a ella, la veo por unos instantes y me ratifica que tuvo el bebé, que es un varón y me dice que está ahí afuera y estaba desvendada, se movía sin vendas en ‘la Escuelita’, para mí era muy preocupante cuando un prisionero se movía sin vendas porque asumía yo que lo iban a matar”.

“No nos permitieron hablar -sigue el testimonio- realmente fue un error de ellos que nos encontráramos […] yo le pregunté por el bebé, me asombró verla, pero no sé más nada. Los guardias decían que ese bebé iba a ser adoptado o llevado por uno de los interrogadores o torturadores”. Al día de la fecha, Romero y Metz continúan desaparecidos, sin conocerse tampoco el destino del hijo varón de las víctimas. 

Este pronunciamiento se dio en el marco del tercer tramo de los juicios por hechos cometidos en Bahía Blanca -en el área del V Cuerpo del Ejército-, siendo que los dos anteriores ya fueron revisados por esa misma Sala II y que se encuentran firmes.

En la actualidad se está desarrollando el debate oral en el cuarto juicio respecto de violaciones de derechos humanos cometidos en el área del V Cuerpo del Ejército, denominado “La Megacausa Zona 5 (o Megacausa Zona V)”, que representa el mayor juicio por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar en la historia de Bahía Blanca y la Provincia de Buenos Aires.

Fuente Somos Télam

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