La Fiscalía desestima la denuncia de Milei contra Ari Lijalad y afirma que no hubo delito

La fiscal Paloma Ochoa concluyó que el periodista de El Destape ejerció su derecho a la libertad de expresión al publicar una nota crítica sobre el Gobierno. El caso ahora queda en manos del juez, mientras organizaciones advierten sobre intentos de intimidación a la prensa.

Argentina20 de mayo de 2025Sures NoticiasSures Noticias
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Foto Press

La denuncia presentada por el presidente Javier Milei contra el periodista Ari Lijalad, de El Destape, fue desestimada este lunes por la fiscal Paloma Ochoa, quien dictaminó que no existió delito en la publicación cuestionada. La fiscal sostuvo que la nota de Lijalad, en la que se advertía sobre “el proceso de incitación al odio y la violencia contra el que piensa distinto” por parte del Gobierno, está amparada por la protección reforzada que la Constitución y los tratados internacionales otorgan a la libertad de prensa y de expresión.

El pasado 9 de mayo, Milei denunció a Lijalad por supuestas calumnias e injurias, luego de que el periodista publicara que el mandatario “tiene el mismo discurso que utilizaban los nazis para justificar el asesinato de millones de judíos”. Sin embargo, la fiscal Ochoa explicó que, por tratarse de un asunto de interés público, las expresiones vertidas gozan de especial protección y solo pueden ser sancionadas si se demuestra “real malicia”.

En su dictamen, Ochoa recordó que la protección de la libertad de prensa y expresión está consagrada en la Constitución Nacional y en compromisos internacionales asumidos por la Argentina, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención Americana de Derechos Humanos. Además, citó precedentes clave como el fallo “Kimel vs. Argentina” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que estableció que las restricciones a la libertad de expresión deben ser proporcionales y que los asuntos de interés público cuentan con una protección especial.

La fiscal también mencionó la sanción de la ley 26.551 en 2009, que eliminó las penas de prisión por calumnias e injurias y despenalizó las expresiones referidas a temas de interés público. Asimismo, recordó el caso “Fontevecchia y D’Amico vs. Argentina”, donde la Corte Interamericana reafirmó que los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio social y que el derecho a la libertad de expresión incluye el derecho a informar y ser informado.

El dictamen fue celebrado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que advirtió que la denuncia de Milei puede entenderse como un intento de intimidación contra la participación pública y el trabajo periodístico. “Lo de Ari Lijalad fue en todo momento el ejercicio de la libertad de expresión”, señalaron desde la organización.

Ahora, la decisión final queda en manos del juez, quien deberá resolver si archiva definitivamente la causa. El caso reavivó el debate sobre los límites de la crítica periodística y la importancia de proteger la libertad de prensa en una sociedad democrática.
 

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