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El Ministerio Público Fiscal culminó su exposición en el proceso oral y público donde se juzga la intervención de integrantes de las brigadas de la Superintendencia de Seguridad Federal en seis procedimientos ilegales, en los que fueron asesinadas diez personas y otras dos fueron desaparecidas. También reclamó condenas de seis años de prisión para dos expolicías y la imposición de diferentes penas de inhabilitación para los quince acusados.
Argentina25 de junio de 2024El fiscal general Pablo Ouviña requirió el viernes al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°6 porteño que imponga penas de reclusión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua para trece expolicías federales y de seis años de prisión y penas de inhabilitación para otros dos exfuncionarios de la misma fuerza por homicidios y desapariciones cometidas en seis procedimientos ilegales entre 1976 y 1977. En el petitorio final, también solicitó que el tribunal considerara acreditados los homicidios agravados de dos víctimas por cuyos casos no llegaron imputados vivos a esta instancia y que declare que "ocurrieron en el marco del plan sistemático de represión ilegal montado por la última dictadura militar y que, como los demás ventilados en este juicio, constituyen crímenes de lesa humanidad".
El pedido del fiscal general, que actúa en el debate con la asistencia de la auxiliar fiscal Mercedes Moguilansky y del auxiliar fiscal Santiago Ghiglione, fue el corolario de cinco jornadas de alegato en el marco del juicio oral y público a los ex miembros de la Superintendencia de Seguridad Federal por homicidios y desapariciones, que comenzó el 10 de febrero del año pasado.
La fiscalía pidió reclusión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua para los siguientes exfuncionarios policiales:
El entonces oficial inspector Rafael Oscar Romero, el entonces subinspector Daniel Pablo Amarillo y los entonces cabo 1° Juan Adolfo Ríos y Osvaldo Néstor González, a quienes acusó en carácter de coautores del homicidio doblemente agravado por su comisión con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas reiterado en tres oportunidades en perjuicio de Jorge Hugo Casoy, María Marta Carlota Imáz Garzón Maceda y Bernardo Levenson.
El entonces subinspector Miguel Enrique Carlos Olarte, por considerarlo coautor del delito de homicidio doblemente agravado por su comisión con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas reiterado en cuatro oportunidades en perjuicio de Jorge Hugo Casoy, María Marta Carlota Imaz Garzón Maceda, Bernardo Levenson y Mario Lerner.
El entonces inspector Juan Carlos Carrera, los entonces subinspectores Esteban Adolfo Sanguinetti y Norberto Julio Varcasia, los entonces cabo 1° Antonio Ángel Imbrogiano y Miguel Ángel Boiffier, y los entonces agentes Guillermo Dolz y Carlos Jorge Berón, a quienes acusó en grado de coautores del homicidio doblemente agravado por su comisión con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas reiterado en tres oportunidades en perjuicio de Mario Alfredo Fías Pereyra, Patricia Clariá Pedernera y Liliana Patricia Griffin.
El entonces auxiliar 3° de informaciones, Eduardo Norberto Comesaña, a quien consideró coautor del homicidio doblemente agravado por su comisión con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Oscar De Cicco Cañas y de la privación ilegal de la libertad doblemente agravada por haber sido cometida por funcionario público en abuso de sus funciones y sin formalidades prescriptas por la ley, y por mediar amenazas y violencia, en perjuicio de Marta Graciela Treptow.
En tanto, reclamó la imposición de seis años de prisión, inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble tiempo de la condena para el entonces inspector Gerardo Jorge Arráez y el entonces cabo Germán Ricardo Rimoldi, a quienes acusó como coautores del delito de privación ilegal de la libertad doblemente agravada por haber sido cometida por funcionario público en abuso de sus funciones y sin las formalidades prescriptas por la ley y por mediar amenazas y violencia, en perjuicio de Alberto Jorge Gorrini.
Finalmente, el fiscal solicitó al tribunal que dé por acreditado que los hechos de los que resultaron víctimas Nora Beatriz Salvarezza y Carlos Gabriel Federido Jeifetz ocurrieron tal como fueron descriptos en la acusación y que constituyen el delito de homicidio doblemente agravado por su comisión con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas. Fue al llegar a esta punto que remarcó que tanto estos casos como el resto de los juzgados en el debate "constituyen crímenes de lesa humanidad" que "ocurrieron en el marco del plan sistemático de represión ilegal" montado en la dictadura.
Los hechos
Durante el alegato, iniciado el 5 de abril pasado, la fiscalía expuso la prueba y la responsabilidad de los acusados en torno a cinco procedimientos ilegales que tuvieron lugar en la ciudad de Buenos Aires y uno en la zona norte del Gran Buenos Aires, y que fueron protagonizados por miembros de las brigadas que componían del Departamento Táctico de la SSF. De tal forma, abordó:
Los homicidios de Jorge Hugo Casoy, María Marta Carlota Imáz Garzón Maceda de Casoy y Bernardo Levenson en la madrugada del 18 de mayo de 1976 en el interior del domicilio ubicado en la calle Yatay 707, piso 8°, departamento “33”.
Los homicidios de Carlos Gabriel Federico Jeifetz y de Nora Beatriz Salvarezza en la calle San Nicolás 2220, piso 1°, departamento “18”, el 4 de enero de 1977.
Los homicidios de Mario Alfredo Frías Pereira, Patricia Clariá Pedernera y Liliana Patricia Griffin en la noche del 19 de abril de 1977, en el interior del domicilio ubicado en la calle Bacacay 2215, piso 6°, departamento “A”.
El homicidio de Oscar De Cicco y la privación ilegal de la libertad de María Graciela Treptow (quien permanece desaparecida) en el marco de un procedimiento realizado el 14 de abril de 1977 en la estación de servicio YPF ubicada en la intersección de las calles Montes de Oca y Sáenz Peña, en Villa Maipú, partido de San Martín.
La privación ilegal de la libertad de Alberto Jorge Gorrini (quien permanece desaparecido) el 2 de junio de 1977 durante un procedimiento realizado en la calle Salcedo 3564 de la ciudad de Buenos Aires.
El homicidio de Mario Lerner el 17 de marzo de 1977 en el marco del operativo llevado a cabo en el domicilio de la calle Don Bosco 4125, piso 1°, departamento “C”. La fiscalía expuso este caso en la audiencia anterior, celebrada el 17 de mayo pasado. En esa oportunidad, el MPF sostuvo que el grupo operativo de la SSF tuvo una "violenta irrupción" en el departamento donde la víctima vivía junto a su pareja, María del Carmen Reyes (desaparecida desde el mismo día), y que fue asesinado cuando corría escapando. El hombre, de 26 años, recibió dos disparos que le produjeron una gran hemorragia, y una caída desde el primer piso a la planta baja que no pudo ser aclarada en el caso. "Luego, entre al menos dos personas, lo sacaron del edificio arrastrándolo, porque no podía caminar, sobre la extensa alfombra que llevaba a la puerta principal del edificio, mientras se quejaba a los gritos por el dolor. Lo colocaron en el baúl de uno de los vehículos. Poco tiempo después, Mario Lerner murió producto de las heridas provocadas por los disparos que había recibido", relató la fiscalía en su alegato.
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