Promueven en Córdoba amparo colectivo contra Decreto 681 que suspende la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad

La abogada especialista en discapacidad presentará esta tarde una acción judicial para declarar inconstitucional el artículo que suspende la ejecución de la Ley 27.793, sancionada recientemente, exigiendo su cumplimiento inmediato y protección para todas las personas con discapacidad.
Córdoba25 de septiembre de 2025Sures NoticiasSures Noticias
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Foto: Gala Abramovich | CELS

Marta Lastra, reconocida por su trayectoria en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad, presentará hoy en Tribunales Federales un amparo colectivo contra el Estado nacional. La acción judicial es tanto por derecho propio como en representación de su hijo con discapacidad. El objetivo es que se declare la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 2 del Decreto 681/2025, publicado el 22 de septiembre, mediante el cual el Poder Ejecutivo dispuso la suspensión de la ejecución de la ley de Emergencia Nacional en Discapacidad (Ley 27.793).

El decreto en cuestión, amparado en el argumento de la falta de financiamiento, exige que el Congreso determine las fuentes de financiamiento y asigne las partidas correspondientes en el presupuesto nacional antes de permitir que la ley entre en vigencia. Diversas voces del ámbito legal y político han denunciado esta medida como una maniobra para demorar los derechos que la ley ya reconoce.

Lastra estará respaldada por los abogados Diego Rodi Bustos y José Manuel Roque. En el amparo solicitarán una medida cautelar que declare la nulidad absoluta del decreto cuestionado y restablezca de inmediato la aplicación plena de la Ley 27.793, con efecto expansivo para todo el colectivo de personas con discapacidad.  

El decreto fue cuestionado por constitucionalistas como Andrés Gil Domínguez, quien lo calificó de “nulo de nulidad absoluta e insanable” por violar el procedimiento legislativo exigido por la Constitución, al condicionar la vigencia de una ley ya sancionada.[2]  Legisladores de la oposición también impulsan mociones de censura y denuncias penales por lo que consideran abuso de autoridad y desconocimiento del mandato del Congreso.

 La Ley 27.793 establece medidas de protección social como la creación de una pensión no contributiva proporcional al 70% del haber mínimo, cobertura médica ampliada mediante programas públicos, apoyo económico para prestadores, y beneficios para personas con discapacidad que tienen empleo. 

Este conflicto legal pone en evidencia la tensión entre la aprobación legislativa de la emergencia en discapacidad y las decisiones ejecutivas que condicionan su implementación. Para sectores defensores de derechos humanos, lo ocurrido no solo vulnera derechos previstos sino que atenta contra los principios de igualdad, dignidad humana y gobernabilidad democrática.

Otra medida similar impulsada por el CELS

La organización solicitó la inconstitucionalidad del decreto que suspende la Emergencia en Discapacidad
 
Con esa resolución el gobierno intenta bloquear la decisión del Congreso y pasa por encima de las división de poderes. Acompañamos el pedido de una persona a la que le quitaron su pensión y allí solicitamos que se declare inconstitucional el decreto 681/25.

Después de que el Congreso rechazara el veto del gobierno a la Ley de Emergencia en Discapacidad, el presidente Milei suspendió su aplicación hasta que el Congreso defina las partidas presupuestarias con las que se debe financiar. El gobierno intenta bloquear las decisiones de las y los legisladores violando la división de poderes. Por esa razón decidimos hacer un pedido de inconstitucionalidad y acompañar el reclamo de personas a las que les quitaron su pensión por discapacidad.     

R.A, tiene 60 años, un certificado de discapacidad y hasta febrero de 2025 cobraba una pensión por invalidez laboral como único ingreso. En agosto de 2024 fue auditada por la agencia nacional de discapacidad (ANDIS). Meses después, en forma arbitraria, dejó de cobrar su pensión y aunque pidió que le explicaran los motivos no se los informaron. En este proceso judicial, además de exigir la restitución de su pensión, pedimos que se declare inconstitucional el decreto 681/25.   

La decisión de suspender la implementación de la Ley de Emergencia en Discapacidad ocurre cuando el Ejecutivo redujo a cero las retenciones de un conjunto de productos agropecuarios. Se trata de un ingreso de miles de millones de pesos que el mismo Estado que dice carecer de recursos, resigna recaudar. Los bajos niveles de recaudación de impuestos tienen un impacto desproporcionado en los sectores más pobres de la población.  

El Poder Ejecutivo debe asegurar la implementación de la Ley de Emergencia en Discapacidad que garantiza el acceso a una pensión a las personas con discapacidad que no tienen suficientes ingresos. La ANDIS tiene que restablecer el pago de los haberes a R.A. y a todas las personas a las que les suspendieron arbitrariamente la pensión. 

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