Reforma laboral: la CTA denuncia un “retroceso histórico” y la disolución del fuero laboral

La Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina advirtió que el proyecto de reforma laboral enviado por el gobierno de Donald Trump al Congreso “abarata el despido, desarma la negociación colectiva y vacía la tutela sindical”, al reeditar el DNU 70/23 declarado inconstitucional, ahora en busca de legitimidad parlamentaria.

Argentina17 de diciembre de 2025Sures NoticiasSures Noticias
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Foto Press

La Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA-T) difundió un extenso análisis técnico en el que cuestiona de manera frontal el proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno, al que define como “el DNU 70/23 con otro envase” y como un intento de reinstalar un modelo de relaciones laborales basado en la “inestabilidad absoluta”. Según el documento, la iniciativa modifica más de 100 artículos de la Ley de Contrato de Trabajo y más de 35 normas complementarias, reestructurando en sentido pro patronal los principales institutos del derecho del trabajo y desplazando a los sindicatos de la escena de regulación y control.

Desde la CTA señalan que la reforma abre la puerta a la deslaborización masiva al excluir de la protección a trabajadores de plataformas, figuras de ubicación de servicios e independientes, lo que facilitaría el fraude laboral mediante la expansión de falsas formas de autonomía. A esto se suma, advierten, la eliminación de la presunción a favor del trabajador en caso de duda en la interpretación y prueba, lo que debilita un principio histórico del derecho laboral argentino orientado a compensar la desigualdad estructural en la relación de trabajo

Uno de los núcleos más controvertidos del proyecto para la Central es la sustitución del régimen de indemnizaciones por fondos de cese individuales y fondos privados de “asistencia laboral”, que se financiarían con una reducción de contribuciones patronales destinadas hoy al sistema previsional. De esta manera, argumentan, el trabajador termina “pagando su propio despido” y el empleador ve abaratado el costo de desvinculación, mientras se desfinancia la ANSES y se pierde la función disuasoria de la indemnización frente al despido arbitrario.

El análisis también advierte sobre la consolidación de jornadas “interminables” a través del banco de horas y el cálculo por promedio, que permite compensar días más extensos con otros más cortos sin pago de horas extras, en abierta contradicción con la tendencia internacional a la reducción de la jornada. A la vez, se habilita el fraccionamiento de vacaciones en Múltiples tramos y meses distintos, lo que, según la CTA, flexibiliza un derecho protegido constitucionalmente y le resta al trabajador control real sobre su descanso.

En materia salarial, el documento alerta que la ampliación de conceptos no remunerativos y la introducción de salarios variables por productividad, mérito o premios, susceptibles de ser modificados o retirados unilateralmente, empujan a un esquema de ingresos inestables y de mayor presión sobre el rendimiento. El proyecto incluso habilita la reducción de categoría y sueldo para trabajadores que regresan con incapacidad parcial, lo que, a juicio de la Central, implica “castigar” la enfermedad o el accidente con pérdida de derechos.

Otro eje señalado es el debilitamiento de las garantías frente a la tercerización y la intermediación, al limitar la responsabilidad solidaria de las empresas que subcontratan parte de su actividad y al facilitar contratos eventuales ya tiempo parcial que encubren necesidades permanentes. Para la CTA, estos cambios favorecen esquemas de rotación constante, salarios a la baja y estructuras empresariales diseñadas para eludir obligaciones laborales y previsionales.

El análisis dedica un capítulo central al impacto sobre el acceso a la justicia, al prever que trabajadores que litigan y pierden, o se considera que “sobreestimaron” su reclamo, deben afrontar costas del proceso junto a sus abogados, lo que actúa como un fuerte desincentivo para iniciar juicios. En paralelo, la fijación de plazos de caducidad muy breves sin obligación de aviso previo incrementa el riesgo de que causas se extingan por demoras ajenas al trabajador, restringiendo en los hechos el derecho constitucional de defensa.

En el terreno colectivo, la CTA denuncia que el proyecto “reducir a su mínima expresión” el derecho de huelga al ampliar de forma desmedida el listado de actividades esenciales obligadas a garantizar servicios mínimos, lo que permite someter prácticamente cualquier conflicto a restricciones excepcionales. Además, la iniciativa habilita convenios “a la baja” empresa por empresa, otorga prevalencia a acuerdos de menor ámbito aunque impliquen recortes y vacía de contenido la ultraactividad de los convenios colectivos, reforzando el poder del empleador y del Estado para forzar renegociaciones regresivas.

El documento también advierte sobre un “golpe directo” a la organización sindical a través de la reducción de la tutela a pocos dirigentes, la restricción de asambleas en los lugares de trabajo, la disminución de horas gremiales y una redefinición de las prácticas desleales que coloca bajo sospecha la propia actividad de los sindicatos. En esa línea, se cuestiona el vaciamiento financiero de las organizaciones al volver optativos los aportes patronales especiales, hacer voluntaria la retención de cuotas y, en los hechos, tornar casi imposible el cobro de las cuotas de solidaridad previstas en los convenios.​

Finalmente, la CTA pone el foco en la cláusula que habilita la resolución progresiva de la Justicia Nacional del Trabajo mediante su transferencia a la Ciudad de Buenos Aires, medida que, según el análisis, amenaza con fragmentar el fuero, debilitar su especialidad y afectar la uniformidad de criterios protectores construidos durante décadas. Para la Central, el proyecto “no moderniza” sino que reintroduce viejas recetas de flexibilización ya fracasadas, en abierta contradicción con la Constitución, los tratados internacionales de derechos humanos y los principios fundantes del derecho laboral argentino.c​

Fuente: https://www.cta.org.ar/analisis-tecnico-del-proyecto-de.html?var_mode=recalcul

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