Autorizan a una joven a utilizar los apellidos de sus tres progenitores

El juez Tavip declaró la inconstitucionalidad del artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación que impone un sistema binario de parentalidad.

Córdoba25 de octubre de 2024Sures NoticiasSures Noticias
p5lnbe1d
Foto Justicia de Córdoba

El Juzgado de Familia n.° 2 de la ciudad de Córdoba declaró la inconstitucionalidad del artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación que impone un sistema de parentalidad binario. En consecuencia, admitió que la filiación de una joven quede constituida por sus dos progenitores biológicos como así también por su padre socioafectivo, quien cumplió el rol paterno desde que nació y a lo largo de toda su vida. En la sentencia, el juez Gabriel Tavip sostuvo que la identidad de la joven se encuentra fundada en los lazos afectivos con los tres progenitores.

La acción de pluriparentalidad fue iniciada por la madre de la joven (hoy mayor de edad). Buscaba que agregue en el acta de nacimiento de su hija “Cati” el apellido de su padre biológico, sin que dicho reconocimiento implique desplazar el vínculo filial establecido con el padre socioafectivo.

En la causa, el padre afín explicó que, desde que nació “Cati”, decidió cumplir el rol de padre, incluso, después de confirmar que no era su hija biológica. Expresó que la joven siempre conoció su identidad biológica; pero agregó que esta circunstancia no afectó a su vínculo y siguieron construyendo su relación, aún luego de haberse separado con la progenitora de la adolescente. Además, manifestó su interés en seguir acompañando a su hija y respetar su decisión de incluir el apellido del padre biológico.

Por su parte, el padre biológico se allanó a la acción iniciada y agregó que “desde que realizaron el estudio de ADN con ‘Cati’ lograron una profunda relación” y que “tienen comunicación fluida y comparten muchos momentos familiares”. Asimismo, puntualizó también quiere respetar la voluntad de su hija de no desplazar su actual vínculo filial. 

En ese sentido, el juez Tavip explicó que, si bien la socioafectividad no se encuentra prevista como una fuente filiatoria de manera directa, de una interpretación integral de todo el sistema normativo, se deduce. Según su criterio, esto habilita la construcción legal de vínculos al registrar realidades afectivas y vinculares preexistentes que deben ser reconocidas de manera clara y efectiva.

El magistrado analizó diversos derechos constitucionales y convencionales que la adolescente ya tenía consagrados: derecho a la identidad, a la dignidad, a la privacidad/intimidad y a la vida familiar, para concluir que limitar el estado filiatorio de “Cati” a sólo dos progenitores (madre y padre por naturaleza) atentaría contra ellos.
  
A partir de la entrevista mantenida con las cuatro personas interesadas durante el proceso, de los testimonios aportados y del informe del equipo técnico incorporado, el juez Tavip confirmó una edificación consensuada del grupo familiar. De esta manera, destacó expresamente el positivo desarrollo de la función parental que “sin egoísmos pudieron pensar la mejor forma filiatoria para Cati”. En tal sentido, el magistrado expresó: “Al verla sentada junto a sus dos padres varones, sentí que en sus miradas cabía todo el amor paterno/filial que una persona siempre anhela tener”.
 
Nombres ficticios

En su resolución, el juez Tavip optó por emplear nombres ficticios para fin de hacer más amena y ágil su lectura, sin que esto lleve a revelar la identidad ni afectar la protección de la intimidad de las personas involucradas en el caso. 

Ello en el marco del Acuerdo Reglamentario n.° 1850, Serie “A”, del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que busca asegurar la protección de la intimidad de niñas, niños y adolescentes (NNA) mencionados en documentos judiciales cuya publicidad se exige, sin que esto afecte la claridad de las resoluciones. 

Te puede interesar
7550520a-3b9d-4ed9-a262-b9abf0a2d9fb

Atentan contra patrimonio ancestral en Cosquín: destruyen morteros milenarios en el río Yuspe

Sures Noticias
Córdoba29 de enero de 2026

La Municipalidad de Cosquín confirmó daños intencionales en morteros rupestres de alto valor ceremonial ubicados en la Reserva Natural Río Yuspe‑Cosquín, donde se detectaron marcas de herramientas, retiro de cartelería informativa y bloqueo de senderos, y anunció denuncias penales para resguardar este patrimonio reconocido por la Dirección de Patrimonio Cultural de la Provincia.

Lo más visto
8d28a0f4-400c-4c07-bfa8-c72bad866267

Violencia institucional estatal. Tras 10 años del asesinato de niño Santino Cabanillas su familia reclama justicia

Tri Heredia / Sures Noticias
Córdoba22 de enero de 2026

Diez años del crimen de Santino Cabanillas: una bala de un efectivo policial que sigue impune. La familia del bebé asesinado en barrio Marqués Anexo, Córdoba, reclama justicia tras una década de dilaciones judiciales. Cintia Moyano y Federico Cabanillas exigen un juicio oral y público para el policía imputado, mientras critican la lentitud del sistema y la falta de respuestas del Estado.

diseno-titulo-2026-01-22t090331016.jpg (1200×675) (22.01.2026 12_30)

Milei asalta la autonomía fueguina: intervención arbitraria del puerto de Ushuaia

Sures Noticias
Argentina22 de enero de 2026

En un acto de centralismo autoritario, el gobierno de Javier Milei intervino por un año el puerto de Ushuaia mediante la ANPyN, alegando irregularidades que parecen pretextos para erosionar la soberanía provincial en plena temporada de cruceros. El gobernador Gustavo Melella y sindicatos denuncian la medida como ilegal y extorsiva, anunciando acciones judiciales contra esta afrenta.

9b48482d-ae74-4b13-bc87-398569e3bd02

Otorgan prisión domiciliaria a Naum Vargas y Damián Díaz, condenados por defender el agua #Chubutazo2021

Sures Noticias
Argentina29 de enero de 2026

La Justicia de Chubut concedió la prisión domiciliaria a Mauricio Naum Vargas y Damián Andrés Díaz, activistas antimineros detenidos desde diciembre de 2025 por su participación en protestas contra la zonificación minera. Aunque un avance para sus familias, persiste el riesgo de retorno a prisión si el Superior Tribunal de Justicia ratifica las condenas, en medio de reclamos por criminalización de la protesta socioambiental.