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Hambre. El Gobierno apeló el fallo que exigía detalles sobre el reparto de alimentos
La Justicia le había dado al Ministerio de Capital Humano 48 horas para informar sobre el tema.
En un comunicado público manifestaron que, desde la renuncia de Elena Highton de Nolasco en septiembre de 2021, la Corte Suprema quedó integrada por cuatro varones; exigen que la paridad de género en la integración de la Corte Suprema sea aplicada para garantizar la perspectiva de género en la administración de justicia.
Argentina 25 de octubre de 2022Comunicado de ADPRA
Ante la renuncia de la ministra Dra. Elena Highton a la Corte Suprema de Justicia de la nación, presentada con fecha 30 de septiembre de 2021, el más alto Tribunal ha quedado
integrado, desde el primero de noviembre de dicho ano, por cuatro ministros varones. Seguin lo establecido en el artículo 99 inciso 4 de la CN y el Decreto 222/2003, el PEN tiene la facultad de nombrar los jueces de nuestro alto tribunal con acuerdo del Senado Nacional,
considerando en la inclusión de los nuevos miembros las diversidades de género y en un plazo máximo de 30 días desde que se produjo la vacante
Dado que la paridad en la integración de la Corte es necesaria para garantizar y promover la perspectiva de género en la Justicia en todos sus niveles se infiere que la presencia de juezas mujeres en la Corte Suprema es indispensable para enfrentar los estereotipos de género que alimentan la discriminación cotidiana y la exclusión de las mujeres de los espacios de decisión, en todas las escalas. Si sumamos que dichas mujeres se encuentren formadas en derecho con perspectiva de género, el máximo tribunal garantizará el avance en la defensa de los derechos humanos de las personas.
Si bien es cierto que en el Congreso de la Nación la temática está en tratamiento a partir de la media sanción de un proyecto de ley de ampliación de los miembros de la Corte Suprema y el mismo tiene en cuenta la paridad, como defensores y defensoras del Pueblo del país reunidos en la Asociación de Defensores del Pueblo (ADPRA) nos expresamos en el sentido de que la vacante sea cubierta en forma urgente ya que el plazo de ley esta ampliamente excedido, y que el mismo se cubierto por una mujer de acuerdo a las consideraciones antes vertidas .
Dr. Lionel Suarez
Presidente ADPRA
La Justicia le había dado al Ministerio de Capital Humano 48 horas para informar sobre el tema.
Se trata de Joaquín Guil, condenado por abusar sexualmente de la hermana de un militante el 24 de abril de 1975 en el edificio principal de la Policía de Salta. Tras revisar la sentencia, la Cámara Federal de Casación Penal sostuvo que la impugnación planteada por la defensa del exjefe policial solo “resulta de su disconformidad” con el fallo.
Juan Etchebarne fue absuelto en 1994 por esos hechos. La fiscalía de juicio había intentado avanzar contra esa decisión en el juicio oral. El tribunal y la Cámara de Casación indicaron que debía resolverse en primera instancia. Con el impulso de la fiscalía de instrucción, el juez federal Daniel Rafecas sostuvo que la prescripción por el mero paso del tiempo no puede aplicarse a crímenes de lesa humanidad.
Análisis de los despidos y suspensiones en el primer semestre del 2024: relevamiento de casos paradigmáticos en industria y servicios elaborado por CEPA (Centro de Economía Política Argentina).
Manifestants pertenecientes a sindicatos y movimientos populares, fueron reprimidos y luego detenidos en condiciones irregulares, sin haber estar claros los motivos de las detenciones, fueron trasladados a distintas dependencias policiales. Desde el colectivo ANDHES, del norte del país, interpusieron un recurso de Habeas Corpus frente a la justicia provincial por las personas detenidas.
Los imputados militares fueron responsables de la Sección de Inteligencia del Ejército y el principal colaborador del jefe del Área Militar 132, mientras que los civiles están sindicados como responsables de haber cruzado sobre la ruta la camioneta que embistió el vehículo que conducía el prelado. En la causa se investiga un atentado, tras la anulación de la sentencia que había declarado en 1978 que los hechos fueron un incidente vial.
Del 24 al 27 de julio, el Centro de Convenciones (Forum) de la ciudad de Santiago del Estero será el epicentro de la Cumbre Climática de Juventudes de Naciones Unidas.
Con fecha 16 de julio la progenitora presentó su caso en el Comité Internacional de los derechos del Niño denunciando a la Argentina por vulnerar los derechos de sus hijos. Solicitó una medida cautelar que suspenda los efectos de la sentencia del Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 1ra Nominación de Villa Dolores, que ordena entregar dos menores de edad a un extranjero que no es el padre de uno de ellos.
La jueza Sandra Cuneo, titular del Juzgado Civil de Villa Dolores, ordenó entregar dos niños a un extranjero que no es el padre de uno de ellos, comprobado con un ADN realizado en la causa penal que se tramita en el juzgado federal N° 2 que excluye al reclamante como padre biológico de la niña, y, por lo tanto, careció de legitimidad procesal para iniciar las acciones de restitución internacional que inició. La madre cordobesa fue respaldada por el Foro por la Libertad, la Democracia y los DDH de Córdoba la Mesa de Derechos Humanos de Traslasierra.
Letrados de Constanza Taricco han presentado un Habeas Corpus en la fiscalía de Villa Dolores para resguardar a la mujer y sus hijos de las acciones ilegítimas ordenadas por la jueza de 1ra Nominación de Villa Dolores. que ordena entregar dos niños a un extranjero que no es el padre de uno de ellos.
Ayer se realizó la audiencia que determinaría el veredicto y la sentencia contra el individuo acusado de múltiples delitos contra la integridad sexual de una mujer en la comunidad de Córdoba.
Se trata de Joaquín Guil, condenado por abusar sexualmente de la hermana de un militante el 24 de abril de 1975 en el edificio principal de la Policía de Salta. Tras revisar la sentencia, la Cámara Federal de Casación Penal sostuvo que la impugnación planteada por la defensa del exjefe policial solo “resulta de su disconformidad” con el fallo.