CELS denunció a la SIDE por habilitar tareas de inteligencia ilegal

La organización denunció penalmente a las máximas autoridades de la SIDE por abuso de autoridad. El Plan de Inteligencia Nacional y la orden secreta que se conocieron días atrás son contrarios a la ley.
Argentina23 de junio de 2025Sures NoticiasSures Noticias
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Foto Press

La denuncia del CELS - Centro de Estudios Legales y Sociales

Denunciamos penalmente por abuso de autoridad a Sergio Neiffert, jefe de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), y a Diego Kravetz, director general de Operaciones de la SIDE. La denuncia apunta a sus responsabilidades en la aprobación de un Plan de Inteligencia Nacional (PIN) y el dictado de una orden secreta que habilita a la SIDE a “identificar y monitorear” a todos los “grupos sociales vulnerables” de la Argentina y a actores que puedan capitalizar la “creciente polarización política para expandir su influencia” en el electorado local. 

Una parte sustancial de las tareas de inteligencia, que son esencialmente secretas, estaría volcada a vigilar y caracterizar la conversación pública: lo que se dice y cómo se dice en medios y en redes sociales. Las opiniones comienzan a adquirir las características de una amenaza para el PIN cuando “promuevan la conflictividad” -una práctica de autoridades y grupos afines al gobierno, por otra parte- o cuando erosionen “la confianza” en las instituciones económicas o la reputación de empresas asentadas en el país.

La extensión de las tareas de inteligencia es enorme y tiene definiciones vagas. Pueden vigilar, según su plan, a “actores de interés”, “actores estratégicos”, “actores no estatales”, actores que tengan la capacidad de “manipular la percepción” de las personas, que promocionen la fragmentación social, sin una explicación de qué significan esos adjetivos y si tienen límites. La definición concreta y operativa queda en manos de los funcionarios de la SIDE: son quienes van a definir quiénes encarnan una amenaza. El PIN habilita la vigilancia secreta de la expresión política opositora en el espacio público, pero también de referentes sociales, economistas, periodistas, académicxs, artistas y cualquier voz crítica.

Todas estas actividades son abiertamente contrarias a la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520. Por eso en la denuncia pedimos, además de una serie de medidas de prueba para esclarecer estos hechos, que se determine si ya hubo acciones concretas basadas en la orden secreta y el PIN, para poder definir las responsabilidades penales.

El PIN contiene “Lineamientos Estratégicos” y “Objetivos Generales de Inteligencia”, del que se desprenden “Objetivos Particulares de Inteligencia” y de ellos “Necesidades de Inteligencia”.  

Las Necesidades de Inteligencia del Objetivo Particular de Inteligencia 5 del Lineamiento Estratégico 3, por ejemplo, habilitan la vigilancia de actividades y expresiones políticas y sociales que consideren amenazas o en proceso de radicalización. Si nos remitimos a medidas o declaraciones de funcionarios para entender cuáles podrían ser esas amenazas podemos remontarnos al año pasado, cuando el gobierno usó ese tipo de calificativos para hablar de manera prejuiciosa y estigmatizante de manifestantes, de grupos anarquistas o antifascistas. El Objetivo Particular de Inteligencia 6 del mismo Lineamiento Estratégico apunta a los “potenciales impactos negativos en el desarrollo del sistema de Defensa Nacional” y allí los sospechosos podríamos ser los organismos de derechos humanos. 

El PIN amplía el concepto de terrorismo de una forma muy peligrosa. Podrían quedar bajo vigilancia actividades y personas por su orientación ideológica o por sus reclamos históricos. El paraguas es tan amplio que habilitaría la vigilancia de manifestaciones públicas y de protestas que pudieran ser “oportunidad” para acciones terroristas. El plan identifica al “terrorismo anarquista” como blanco principal, lo que puede derivar en persecución ideológica: expresar ideas anarquistas sería suficiente para entrar en una lista de vigilancia. 

El Plan de Inteligencia se enfoca también en seguir la conflictividad socioambiental y vigilar tanto al activismo ambientalista como a los pueblos indígenas –grupos que pretendan proteger patrimonios culturales y/o sagrados–. La mirada está puesta en situaciones y actores con capacidad de incidencia política o de obstruir proyectos extractivos, que puedan afectar la “extracción, transporte y/o comercialización” de recursos naturales estratégicos. También incorpora como objetivo el seguimiento de instancias internacionales –sistemas de protección de derechos, cooperación internacional pública y privada– que intervengan frente a “eventos climáticos extremos, la degradación del ecosistema y pérdida de biodiversidad”. Quienes promuevan acciones para evitar estas consecuencias de la matriz productiva extractivista son considerados actores “adversos al interés nacional”.

Aunque el Estado Nacional lo haya negado en un comunicado breve, está habilitando a los organismos que integran el Sistema de Inteligencia Nacional a desplegar tareas de identificación, seguimiento, monitoreo, búsqueda, producción y acopio de información sobre personas y grupos por razones políticas. Es ilegal y tiene que rendir cuentas.

 

 
 
 

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