Madre cordobesa presentó un recurso ante el Comité Internacional de los derechos del Niño denunciando vulneración de derechos de sus hijos en Argentina

Con fecha 16 de julio la progenitora presentó su caso en el Comité Internacional de los derechos del Niño denunciando a la Argentina por vulnerar los derechos de sus hijos. Solicitó una medida cautelar que suspenda los efectos de la sentencia del Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 1ra Nominación de Villa Dolores, que ordena entregar dos menores de edad a un extranjero que no es el padre de uno de ellos.

Córdoba22 de julio de 2024Sures NoticiasSures Noticias
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Foto Ilustrativa

Esto fue desoído por los tribunales provinciales de Córdoba, pese a que la madre y la niña lo manifestaron desde el comienzo del proceso, por lo cual la jueza de primera instancia gira a la fiscalía para que se investigue, pero no suspende el proceso de restitución.

En paralelo se abre una causa penal que investiga el delito de supresión de identidad de la niña donde se realizó un ADN que demuestra que el reclamante no es el padre biológico, y  por lo tanto, careció de legitimidad procesal para iniciar las acciones de restitución internacional que inició. 

El TSJ tampoco tuvo en cuenta la falta de legitimidad procesal del alemán y confirmó la restitución en segunda instancia, por lo que la madre interpuso un recurso extraordinario  la Corte Suprema

La prueba genética se produjo de forma extemporánea para ingresarlo en el Recurso Extraordinario  por lo cual no fue tratado, a pesar de que la Defensora de la CSJN Estela M. Martinez resalta la progresiva erosión emocional que está experimentando la niña de cara a la eventual efectivización de su traslado a Alemania y la necesidad de suspender el proceso de restitución.

Es decir, que las autoridades judiciales están entregando dos niños argentinos a un ciudadano alemán que ha burlado la ley argentina y la alemana, colocándolos en situación de vulnerabilidad tanto a la madre como a los niños.

Constanza Taricco y su abogada piden a la justicia que realice una interpretación adecuada de las cláusulas contenidas en el Convenio de la Haya 1980, para no violentar las disposiciones de la Convención de Derechos de los Niños, como el derecho a la identidad, el derecho a ser oído y que su opinión sea tenida en cuenta.

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