Córdoba elimina el aislamiento por contacto estrecho para el ámbito laboral a vacunados

Para trabajadores de actividades industriales, comerciales y de servicio que hayan mantenido contacto con personas con coronavirus positivo no será necesario ausentarse a sus puestos laborales, siempre que no presenten síntomas y con un test de antígeno negativo, de acuerdo a la nueva reglamentación.
El protocolo indica dos test; uno al momento de identificación del contacto y otro al cuarto día del contacto con el caso positivo.
Si el test resulta positivo en alguna de estas instancias, la persona debe inmediatamente aislarse siguiendo el protocolo vigente.
Mientras que si el resultado es negativo, podrá continuar su jornada laboral siguiendo una serie de recomendaciones sanitarias.
El personal no vacunado deberá realizar aislamiento laboral durante siete días luego de la fecha de último contacto con el caso positivo y 10 días de aislamiento social.
Más allá de poder asistir a sus sitios de trabajo, aquellas personas que son contacto estrecho no podrán realizar actividades sociales.