Mendoza: elevaron las penas para los responsables de la apropiación de la hija de Carlos Poblete y María del Carmen Moyano

Los condenaron a 15 y 10 años de prisión. La modificación se dio luego de que la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal anulase la sentencia con la que habían sido condenados originalmente los imputados y ratificase que en casos de apropiación de niños y niñas debe aplicarse la escala penal vigente al momento en que la víctima recuperó su identidad.

Argentina23 de septiembre de 2024Sures NoticiasSures Noticias
74bgaz1o
Foto Press

En una audiencia de reenvío, el Tribunal Oral Federal N°1 de Mendoza elevó a 15 y 10 años de prisión las penas a los responsables de la apropiación de la hija de Carlos Poblete y María del Carmen Moyano. La modificación se dio en sintonía con el alegato de los auxiliares fiscales Daniel Rodríguez Infante y Analía Quintar, luego de que la sala I de la Cámara Federal de Casación Penal anulase la sentencia con la que habían sido condenados originalmente los imputados y ratificase que en casos de apropiación de niños y niñas debe aplicarse la escala penal vigente al momento en que la víctima recuperó su identidad. En el proceso, el Ministerio Público Fiscal estuvo también representado por el titular de la Oficina de Asistencia en causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado, Dante Vega.

En sintonía con el alegato del Ministerio Público Fiscal, los jueces condenaron a Armando Osvaldo Fernández Miranda a la pena de 15 años de prisión como coautor de los delitos de retención y ocultamiento de una menor de 10 años, alteración del estado civil de una menor de 10 años y falsedad ideológica de documentos públicos destinados a acreditar la identidad, todos entre sí en concurso ideal.

En el caso de Abelardo Santiago Garay, la pena fue de 10 años de prisión como partícipe necesario del delito de retención y ocultamiento de una menor de 10 años, y coautor de alteración del estado civil de una menor de 10 años y falsedad ideológica de documentos públicos destinados a acreditar la identidad. Los fundamentos se darán a conocer el viernes 27.

El caso

El hecho juzgado es el de la hija de Carlos Poblete y María del Carmen Moyano, nacida durante el cautiverio de su madre en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA). En el debate oral realizado en 2021 se acreditó que, transcurridos ocho días del parto, la niña fue arrancada de los brazos de su madre y entregada al matrimonio compuesto por el exoficial de inteligencia de la Policía de Mendoza, Armando Fernández Miranda, y su esposa Iris Yolanda Luffi -fallecida en diciembre de 2023-, quienes la inscribieron como hija biológica, mientras que los excamaradas de Miranda, Abelardo Garay y Eduardo Smaha Borzuk -quien falleció antes del debate-, firmaron como testigos del nacimiento falsamente documentado mediante una partida de nacimiento con datos apócrifos.

En aquel juicio, Miranda y su esposa fueron condenados en el juicio a 10 y 5 años de prisión respectivamente, mientras que Garay recibió 8 años de prisión.

Aquellas condenas fueron dictadas con la aplicación de la escala penal prevista en la redacción original del artículo 146 del Código Penal, según la Ley 11.179, que preveía entre 3 y 10 años de prisión o reclusión para quien sustrajere a una persona menor de 10 años del poder de su padres, tutor o persona encargada de él, y para quien la retuviere y ocultare.

En abril de 2024, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un recurso del MPF y ordenó al Tribunal Oral Federal N°1 de Mendoza que dicte un nuevo fallo en el que aplique a los apropiadores la ley vigente al momento en que la víctima recuperó la identidad, o sea en diciembre de 2017, y no cuando se produjo la sustracción, como lo había hecho al dictar sentencia.

Con los votos de los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Carlos Mahiques, el máximo tribunal penal anuló la sentencia dictada en aquel debate y ordenó el reenvío del caso al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento de conformidad con la Ley 24.410, vigente desde 1995, que elevó la escala prevista en el artículo 146 del Código Penal de 5 a 15 años de prisión o reclusión para las mismas conductas. Además, confirmó las responsabilidades de los condenados por crímenes de lesa humanidad.

El alegato

La intervención de Rodríguez Infante estuvo centrada en el planteo recogido por la Cámara Federal de Casación Penal respecto a la ley aplicable por la que fueron condenados los acusados por hechos de sustracción, retención y ocultamiento de un o una menor de edad. Al respecto, mencionó como antecedente una decisión de reenvío anterior en el juicio por la apropiación de Claudia Domínguez, donde las condenas también se habían dictado aplicando código de la Ley 11.179 (vigente al momento de iniciarse los hechos) y no el de la 24.410 (vigente al momento de recuperar la víctima su identidad). En aquella oportunidad, la Cámara casó la sentencia y directamente condenó a los acusados conforme la modificación del código, reenviando la causa al sólo efecto de que se impusiera una nueva pena acorde a la nueva calificación legal que había sido resuelta.

En ese sentido, Rodríguez Infante destacó que tanto el Ministerio Público Fiscal como la querella sostuvieron durante el debate que se trata de un delito permanente, que continúa cometiéndose en el tiempo hasta que la víctima conoce su verdadera identidad. Por lo tanto, no puede existir una ley vigente al momento del hecho que sea distinta de la vigente al momento de dictarse el fallo “en tanto el delito continúa cometiéndose durante la vigencia de ambas normas y por lo tanto se está frente a un caso de coexistencia de leyes”. Así el auxiliar fiscal remarcó que en una gran cantidad de precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se dejó en claro que frente a esta coexistencia normativa corresponde aplicar la norma que estuvo vigente en el último tramo del proceso.

“La permanencia del ocultamiento demuestra que quien lleva adelante estas conductas continúa voluntariamente renovando su intención delictiva, y por consiguiente, no puede pretender mejorar su situación amparándose en la circunstancia de que un tramo de la acción delictiva se haya ejecutado bajo una ley más benigna”, remarcó Rodríguez Infante.

Respecto a la gravedad de los hechos endilgados a Fernández Miranda y Garay, el auxiliar fiscal destacó la gravedad de los delitos atribuidos, calificados como crímenes contra la humanidad con una pluralidad de víctimas al ser un delito pluriofensivo.

El representante del MPF también enfatizó la extensión del daño causado a la víctima, por la relevancia considerada para el derecho a la identidad y el daño que supone su afectación, y a sus familiares directos.

Rodríguez Infante también aludió a la condición de funcionarios públicos que ostentaban ambos imputados al momento de los hechos, como también a las circunstancias de comisión del delito, los medios empleados, el tiempo por el cual se prolongaron dichos delitos y la intervención plural de personas que supuso la maniobra.

Finalmente, la auxiliar fiscal Quintar expresó que para el caso de Fernández se insistiría con la pretensión punitiva que el Ministerio Público Fiscal había sostenido originalmente durante el debate, de 15 años de prisión, mientras que para el caso de Garay se requeriría una pena levemente menor (de 12 años en lugar de los 13 que se habían pedido antes), debido a que la Cámara Federal había confirmado la intervención de este último a título de partícipe necesario y no de coautor. El Tribunal impuso penas de 15 y 10 años, respectivamente.

Te puede interesar
9te111az

Mar del Plata: piden prisión perpetua para 11 acusados y penas de hasta 20 años de cárcel para 20 imputados en el juicio por la Subzona militar 12

Sures Noticias
Argentina21 de noviembre de 2024

Al concluir la octava audiencia del alegato, el Ministerio Público Fiscal realizó el petitorio de penas, de acuerdo a la reconstrucción de los casos. Para la fiscalía los hechos se dieron en “una actuación organizada dirigida contra la población”. En este juicio iniciado hace dos años y nueve meses, se juzgan crímenes cometidos contra 138 víctimas en ciudades del centro de la provincia de Buenos Aires.

Audiencia CIDH - Memoria verdad y justicia (3)

Audiencias ante la CIDH: el Estado fue agresivo y llegó con poca preparación

Sures Noticias
Argentina18 de noviembre de 2024

Durantes las audiencias ante la CIDH el representante del gobierno de La Libertad Avanza dijo que la pobreza está bajando, pero no pudo contestar por políticas sociales concretas para niñas, niños y adolescentes. Tampoco contestó sobre la entrega de insumos médicos para garantizar la salud sexual y reproductiva, y rechazó la existencia de la violencia de género. En la última audiencia atacó a las organizaciones de derechos humanos y las acusó de buscar venganza.

ms74nkj5

Repudio a declaraciones de la Directora de Tierras del INAI que atentan contra los derechos indígenas consagrados

Sures Noticias
Argentina15 de noviembre de 2024

La Mesa Nacional del Consejo de Participación Indígena (CPI) expresó su "enérgico repudio" a los dichos de la funcionaria del INAI Sonia Ochoa, quien señaló que "las consultas libres, previas e informadas que se realizan a las comunidades, no tienen carácter vinculante y no pueden detener por sí solas el avance de un proyecto minero".

Lo más visto
s4r4ahqs

Denuncian penalmente al gobernador de Córdoba, Martín Llaryora, y a legisladores por la ley RIGI

Sures Noticias
Córdoba21 de noviembre de 2024

La Fundación para la defensa del ambiente (FUNAM) junto a un grupo de organizaciones, referentes en ambiente e investigadores de la universidad presentaron una denuncia penal en la Justicia provincial de Córdoba contra el Gobernador Martín Llaryora, el Ministro de Economía y Gestión Pública, Guillermo Acosta, la Presidenta de la Legislatura, Myrian Prunotto, y Legisladores “por haber promovido y aprobado la ley 10.997 de adhesión al RIGI nacional”.

9te111az

Mar del Plata: piden prisión perpetua para 11 acusados y penas de hasta 20 años de cárcel para 20 imputados en el juicio por la Subzona militar 12

Sures Noticias
Argentina21 de noviembre de 2024

Al concluir la octava audiencia del alegato, el Ministerio Público Fiscal realizó el petitorio de penas, de acuerdo a la reconstrucción de los casos. Para la fiscalía los hechos se dieron en “una actuación organizada dirigida contra la población”. En este juicio iniciado hace dos años y nueve meses, se juzgan crímenes cometidos contra 138 víctimas en ciudades del centro de la provincia de Buenos Aires.