
Macrismo pide derogar decreto de prórroga de la aplicación de la movilidad jubilatoria
Sures Noticias
"Estamos nuevamente ante a una disposición que suspende la Ley. Esto implica que el Presidente ha removido los límites de la delegación de facultades establecida por la Ley, dándose a sí mismo facultades legislativas a través de un decreto", señaló el diputado radical Alejandro Cacace, autor de la iniciativa.
"Como legisladores, no podemos permitir que continúe esta arbitrariedad en materia previsional y que se siga vaciando al Congreso de sus facultades. Por eso, debe derogarse el artículo 1º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 542/2020", sostiene el proyecto.
Asimismo, en los fundamentos de la iniciativa se aclara que "mientras no se proponga una nueva fórmula que sea discutida y sancionada por el Congreso, garantizando los derechos reconocidos en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, la Ley actual debe recobrar plena vigencia".
El proyecto lleva las firmas de Alfredo Cornejo, Gustavo Menna, Hugo Romero, Sebastián Garcia de Luca, Ximena García, Claudia Najul, Lorena Matzen, Soledad Carrizo, Luis Pastori, Adriana Ruarte, Mario Arce, Juan Martin, Dina Rezinovsky, Sebastian Salvador, Gonzalo del Cerro, Luis Petri, Gabriela Burgos, Federico Zamarbide, Brenda Austin y Silvia Lospennato, entre otros.
En esa línea, el presidente del bloque de diputados nacionales de la CC, Maximiliano Ferraro, rechazó el decreto y sostuvo que con el DNU "le siguen metiendo la mano en el bolsillo a nuestros jubilados. Que construyan el “relato” o lo vendan como quieran, pero llamemos las cosas por su nombre: esto es un nuevo escandaloso ajuste y robo a nuestros adultos mayores".
En un comunicado de prensa, Ferraro exigió "que se aplique la fórmula de movilidad jubilatoria votada por el Congreso de la Nación en 2017", al señalar que "pasaron meses y sólo convocaron una sola vez a la comisión que debía analizar una nueva fórmula".
El decreto publicado hoy en el Boletín Oficial precisó que durante este período, el Poder Ejecutivo determinará el incremento de los haberes previsionales correspondiente al régimen general “con el fin de preservar el poder adquisitivo de los mismos, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios y las beneficiarias de menores ingresos”.
La ley 27.541 de Emergencia Pública, de diciembre del año pasado, suspendió por 180 días la aplicación de la movilidad jubilatoria, y estableció que dentro del mismo plazo el Poder Ejecutivo debía convocar una comisión para que propusiera un proyecto de ley de movilidad de los haberes previsionales que “garantizara una adecuada participación de los ingresos de los beneficiarios y de las beneficiarias del sistema en la riqueza de la Nación”.


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