El Gobierno presento el proyecto "ley de inocencia para la evasión", que incluye modificaciones importantes en relación a Ganancias y la evasión fiscal.

El proyecto eleva los montos para investigar evasión, reduce plazos de prescripción y crea un régimen que blinda patrimonios de hasta $10.000 millones.

06 de junio de 2025Sures NoticiasSures Noticias
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Foto Press

Tras la presentación oficial por parte de las autoridades del Gobierno, ingresó hoy formalmente a la Cámara de Diputados el proyecto de "ley de principio de inocencia fiscal" que modifica el Régimen Penal Tributario y busca facilitar el uso de dinero no declarado en la economía real.

Entre otras contribuciones, la iniciativa aumenta el monto mínimo de dinero no declarado por encima del cual el Estado debe investigar por posible comisión de delito de evasión simple, pasando de $1.500.000 a $100.000.000.

En tanto, para que la conducta a investigar se considere de “evasión agravada”, el piso tiene que superar los 1.000 millones de pesos (ya no más 15 millones).

Por otra parte, se reduce el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias de cinco a tres años.

ARCA no iniciará acciones penales siempre y cuando se cancelen las deudas y sus respectivos intereses, aunque este beneficio correrá una sola vez por contribuyente.

Si la denuncia no estuviera aún radicada, quedará extinguida en caso de que el contribuyente cancele esas obligaciones pagando un adicional del 50% dentro de los 30 días hábiles desde la notificación de la imputación.

Si bien el proyecto apunta a un relajamiento de los controles fiscales, aumentarán los montos de las sanciones económicas por presentar declaraciones juradas fuera de término.

Por otra parte, la iniciativa crea un Régimen simplificado de Ganancias por el cual, de acuerdo al Gobierno, los contribuyentes que adhieran quedarán “blindados para siempre”.

Este régimen, que tendrá un tope patrimonial de hasta 10.000 millones de pesos para poder adherir, garantiza a los contribuyentes no tener que informar sobre variaciones patrimoniales, y tampoco se controlarán los consumos que hagan.

Esto implica que ARCA sólo les cobrará el impuesto a las Ganancias por los ingresos que hayan facturado, independientemente del eventual crecimiento patrimonial (que no será controlado) y de esa base se deducirán los consumos.

El artículo 39 del proyecto "establece el efecto liberatorio del pago, si se acepta el contenido de la declaración jurada propuesta por ARCA y se realiza el pago en término; excepto que se hayan omitido ingresos". 

En otro orden, el proyecto del Gobierno prevé unificar los plazos de prescripción en materia tributaria provincial, municipal y de CABA, los que se regirán por lo dispuesto en la Ley Nacional de Procedimiento Fiscal, por lo que se eliminan los poderes locales para regir en la materia.

Por otro lado, se busca reducir el plazo de prescripción de 10 a 5 años en materia de seguridad social y obras sociales. 

Es decir que se reduce a la mitad el plazo para que el fisco pueda reclamar por obligaciones no cumplidas. 

Más allá del plazo de cinco años, se extinguen las acciones penales que ARCA haya iniciado contra los contribuyentes en materia de seguridad social.

NA

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